ASPECTOS CLAVE DEL INFORME DE ESTADO DE INFORMACIÓN NO FINANCIERA

Después de tres años desde la entrada en vigor del Informe de Estado de la Información no Financiera (Ley 11/2018), ya son muchas las empresas que lo han presentado junto a sus informes de gestión. En enero de 2021 ha entrado en vigor la reducción en el límite de número de trabajadores definido en el ámbito de aplicación, pasando de 500 a trabajadores a 250 trabajadores, y ahora este informe ha de ser presentado por primera vez por otras muchas empresas que ahora están afectadas por esta reducción en el nº de trabajadores.

Si tu empresa está en este caso, quizás te resulte interesante continuar leyendo acerca de los aspectos clave a tener en cuenta en la elaboración de este informe.

¿Dónde se regula?

En España este informe está regulado en el

  • Real Decreto ley 18/2017 de 24 de noviembre, por el que se modifican el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.
  • Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.
  • Ambas trasponen la Directiva 2013/34/UE en lo que respecta a la divulgación de información no financiera e información sobre diversidad por parte de determinadas grandes empresas y determinados grupos.

¿A quién le aplica?

A partir de enero de 2021, esta obligatoriedad va a afectar las sociedades que formulen cuentas consolidadas con más de 250 trabajadores (hasta ahora el límite era 500 trabajadores).  Además, para que una sociedad tenga que elaborar anualmente un informe de estado de información no financiera, tiene que cumplir además los siguientes requisitos definidos en la ley:

  • Ser una Empresa de Interés Público (EIP), exceptuando a las empresas que reciban la consideración de pequeñas y medianas empresas, o;
  • Durante 2 ejercicios consecutivos reúnan al menos 2 de las circunstancias siguientes:
    • Partidas del activo > 20 millones de euros
    • Importe Neto de la Cifra de Negocios > 40 millones de euros.
    • Tenga más de 250 trabajadores

¿Qué información recoge el informe?

El contenido de este informe queda recogido en el apartado 6 del artículo 47 del Código del Comercio. El informe de estado de información no financiera consolidado incluirá, además de la descripción del modelo de negocio, una descripción de las políticas que aplica el grupo, los resultados de estas políticas a través de indicadores clave, y los principales riesgos relacionados con las actividades relacionadas con las actividades del grupo, todo ello en relación a los siguientes aspectos:

  • Medio Ambiente: contaminación, economía circular y prevención de residuos, sostenibilidad, cambio climático y protección de la biodiversidad.
  • Cuestiones Sociales y relativas al personal: empleo, organización del trabajo, seguridad y salud, relaciones sociales, formación, acceso universal a las personas con discapacidad, igualdad…
  • Respeto de los Derechos Humanos: prevención de la vulneración de los derechos humanos, cumplimiento de convenios internacionales, etc.
  • Sociedad: compromisos de desarrollo sostenible, medidas sobre subcontratación y proveedores, consumidores, etc.
  • Prevención de la corrupción y el soborno.

¿Cómo debe elaborar una empresa el EINF?

Las empresas que estén obligadas a presentar este informe, deberían realizar un análisis de materialidad, para conocer de una forma objetiva qué cuestiones son relevantes para el modelo de negocio. Si no disponen de ello, deben definir mecanismos de información y reporte de todos los indicadores que establece la Ley que hay que reportar en el informe. Además, para el reporte de los indicadores, deberán basarse en marcos normativos nacionales, de la UE o internacionales, debiendo especificar en el informe los marcos en los que se ha basado. El más utilizado a nivel internacional es el Global reporting initiative (GRI).

¿Qué proceso debe tener el EINF dentro de la organización?

Este informe puede estar incluido en el propio informe de gestión de la sociedad, o hacerse por separado. En este caso, debe incluir una mención expresa a que éste forma parte del informe de gestión. Además, debe seguir el mismo proceso de aprobación; estará formulado en un plazo de tres meses a partir del cierre del ejercicio fiscal, y deberá ser firmado por los administradores, quienes responden de su veracidad.

Por último, también estará a disposición del público, con fácil acceso desde la web, a partir de los seis meses siguientes al cierre del ejercicio fiscal y durante 5 años.

¿Qué es la validación externa?

Según establece la Ley, la información reportada debe ser verificada por un prestador independiente de servicios de verificación. La verificación tiene como objetivo obtener evidencias de que el estado de información no financiera está libre de cualquier error relevante y así, aportar fiabilidad.

Desde GLOBAL O2 prestamos consultoría y asistencia técnica en el diseño del modelo de informe, recopilación, tratamiento y análisis de datos, redacción del informe de no financiero y soporte al proceso de verificación externa de dicha memoria.

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Autor: GLOBAL O2 S.L.

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