El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) publicó el pasado año 2013 la 28ª serie de Normas Técnicas de Prevención (NTP).
Entre ellas publicó la NTP 994 que trata de aclarar y resolver todas las dudas que pudieran existir sobre la figura del Recurso Preventivo.
De esta manera, la NTP 994 aclara los siguientes conceptos:
– Empresas que deban designar o asignar la presencia del recurso preventivo. Aclara de quién es la obligación de nombrar el recurso preventivo, tanto en empresas pertenecientes al sector de la construcción, como en empresas pertenecientes a otros sectores.
– Sujetos a los que se puede asignar las funciones de recurso preventivo.
– Obligación de aceptar el nombramiento de Recurso Preventivo.
– Limitaciones a la hora de nombrar Recursos Preventivos.
– Actividades u operaciones que requieren la presencia del Recurso Preventivo.
– Compatibilidad entre el Recurso Preventivo y el Coordinador de Actividades Preventivas.
– Compatibilidad entre el Recurso Preventivo y el Delegado de Prevención.
– Compatibilidad entre el Recurso Preventivo y el Trabajador Autónomo.
– Funciones del Recurso Preventivo.
– Instrucciones del empresario al Recurso Preventivo.
– Identificación del Recurso Preventivo frente al resto de trabajadores.
– Compatibilidad de otras tareas con las funciones de Recurso Preventivo.
– Paralización del trabajo por parte del Recurso Preventivo.
– Lugar donde debe situarse el Recurso Preventivo para cumplir sus funciones.
– Formación mínima que debe disponer el Recurso Preventivo
– Garantías de los Recursos Preventivos
– Responsabilidades jurídicas de los Recursos Preventivos
– Infracciones en materia de Recursos Preventivos.
Documentación para descargar: NTP 994 «El Recurso Preventivo»
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